Capítulo VI. Organismos disciplinarios es uno de los temas del curso Legislación Naval 2026. Aquí puedes probar algunas de sus 8 preguntas de opción múltiple; crea una cuenta gratis para practicar el tema completo y guardar tu progreso.
1. Articulo 74. conocerá de las faltas graves que cometan los oficiales sin mando, clases y marinería; este funcionará en unidades y establecimientos con mando subordinado, mando superior y mando superior en jefe
2. conocerá de las faltas graves que cometan los capitanes sin mando en cualquier situación que se encuentren, así como en las que incurran los oficiales con mando y los miembros del Consejo de Honor Ordinario
3. conocerá de las faltas graves que cometan los almirantes en cualquier situación en que se encuentren, los capitanes con mando y los miembros de los Consejos de Honor Superior
4. Articulo 76. Todo el personal de la Armada que sea juzgado por un tribunal u organismo competente y resulte ________, será restituido en su cargo y no deberá ser perjudicado para obtener futuros cargos y ascensos por dicha causa. En caso de resultar culpable, se le sancionará conforme se determine y cumplida la sanción será restituido al servicio efectivo, sujetándose a lo que establecen los preceptos legales correspondientes.
5. Resolución del Órgano competente, donde el acusado será restituido en su cargo y no deberá ser perjudicado para obtener futuros cargos y ascensos por dicha causa.
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